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Concepto |
Definición |
1 |
Asegurado |
Es la persona a quien se le otorga la cobertura de
un seguro, ya sea en sí misma, en sus bienes o intereses que están expuestos
al riesgo. |
2 |
Aseguradora |
Es la institución financiera que expide un seguro
que cubre los riesgos a los que puede estar sujeta una persona, institución o
empresa. La aseguradora es una persona moral. En México, la empresa debe
adoptar la forma de sociedad anónima o sociedad mutualista y es autorizada
por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), para cubrir los riesgos
establecidos en un contrato de seguros. |
3 |
Autentificación |
El conjunto de técnicas y procedimientos
utilizados para verificar la identidad de: a) Un usuario y su facultad para realizar
Operaciones Electrónicas. b) Una Institución o Sociedad Mutualista y su
facultad para recibir instrucciones a través de medios electrónicos. |
4 |
Avería |
Daño que impide el funcionamiento de un aparato, instalación,
vehículo, etc. |
5 |
Avería gruesa |
Perjuicio o gasto en los que incurre
deliberadamente el capitán de un buque al arrojar parcial o totalmente las
mercancías al mar, con el fin de evitar el daño de pérdida parcial o total de
la carga y del buque, en beneficio del interés común. Cuando tiene lugar, la
pérdida económica que de ella se derive se reparte proporcionalmente entre
todas las partes que hayan sido beneficiadas por la decisión del capitán. Los
tres elementos que tienen que soportar la avería gruesa son: las mercancías,
el buque y el flete. Si las mercancías arrojadas al mar se recuperan, podrán
ser reclamadas por su propietario o por la compañía aseguradora, contra el
pago de los gastos de salvamento. |
6 |
Beneficiario |
Persona física o moral designada por el asegurado
para recibir los beneficios derivados de la póliza de seguros en caso de que
se presente la pérdida o daño. Puede ser en determinado momento el mismo
contratante de la póliza, como es el caso de los seguros de daños. |
7 |
Cancelación |
Es la rescisión de los efectos de una póliza
prevista en el contrato de seguros ya sea por decisión unilateral o por
acuerdo mutuo. |
8 |
Carátula de la póliza |
Es el documento en el cual aparecen los datos
generales del asegurado y sus beneficiarios y donde se mencionan las
coberturas contratadas con sus costos correspondientes. |
9 |
Cláusula abusiva |
Aquella que se incluye en los Contratos de
Adhesión contraria a la buena fe, que causa un desequilibrio en los derechos
y obligaciones de las partes, en detrimento de los Usuarios. |
10 |
Cláusulas |
Son las condiciones generales establecidas por la
aseguradora en el contrato de seguro, mismas que son aceptadas por el
asegurado al efectuar la contratación del seguro. Estas condiciones generales
deben ser entregadas por el agente de seguros al momento de entregar la
póliza. |
11 |
Clave Institucional |
Al medio de identificación electrónica y
contraseña proporcionada a la Institución Financiera por la Comisión
Nacional, que sirve de acceso al Portal del SIPRES |
12 |
Coaseguro |
Porcentaje del total del monto que la aseguradora
haya considerado como procedente para la atención o tratamiento -derivado de
un padecimiento-, una vez que ha sido descontado el deducible. |
13 |
Cobertura |
Se refiere al monto que, según el tipo de riesgo,
cubre un seguro en caso de siniestro. La cobertura está regulada por la
aseguradora o la institución financiera que presta el servicio, y puede
cubrir los gastos por diversos riesgos, entre los que se encuentran: servicios
médicos, pérdida o extravío de tarjetas bancarias, daños materiales, robo de
autos, casas o empresas, así como servicios de asistencia. |
14 |
Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) |
Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Órgano desconcentrado
de la SHCP que inspecciona, vigila y supervisa a las instituciones,
sociedades, personas y empresas de seguros y afianzadoras. |
15 |
Comisión Nacional para la Protección y Defensa de
los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF). |
La CONDUSEF tiene como finalidad promover,
asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de los usuarios de
productos y servicios financieros frente a las instituciones financieras,
arbitrar sus diferencias de manera imparcial y proveer a la equidad en las relaciones
entre éstos, así como supervisar y regular de conformidad con lo previsto en
las leyes relativas al sistema financiero, a las instituciones financieras,
en el ámbito de su competencia. |
16 |
Compañías de Seguros |
Son empresas que están reguladas y supervisadas
por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por la Comisión Nacional de
Seguros y Fianzas. |
17 |
Compensaciones Directas o Comisiones |
Los pagos que correspondan a los agentes o a las
personas morales a las que se refiere el artículo 102 de la Ley de
Instituciones de Seguros y de Fianzas, que participen en la intermediación de
seguros o de fianzas o que intervengan en la contratación, según corresponda,
de un producto de seguro o de una fianza, considerados dentro de los costos
de adquisición en el diseño del mismo. |
18 |
Consentimiento |
Es el acuerdo que existe entre el asegurado y la
aseguradora y que se determina en la póliza. |
19 |
Contratante |
Es la persona física o moral que paga la prima de
seguros. En ocasiones es también el asegurado. |
20 |
Contrato de Seguro |
Es el acuerdo de voluntades entre dos partes.
Generalmente se le llama también póliza de seguros. A través de la póliza de
seguros, la aseguradora conviene, previo pago de una cantidad denominada
prima, en otorgar una indemnización o reembolso al asegurado, si sucede un
siniestro. en el que se establecen los términos, condiciones, derechos y
obligaciones celebradas entre el contratante y la institución financiera. |
21 |
Copago |
Cantidad fija o porcentaje a cargo del Asegurado correspondiente
a una parte de los gastos cubiertos. Dicha cantidad queda indicada en la
caratula de la póliza para los Gastos Médicos Preventivos y Correctivos. |
22 |
Daño |
Es toda pérdida personal o material que sufre una
persona física o moral, en su vida o en su patrimonio. |
23 |
Daños materiales |
Cobertura que ampara los daños o pérdidas
materiales que sufra el vehículo a consecuencia de circunstancias que no
estén excluidas en la póliza. |
24 |
Deducible |
Cantidad fija que queda a cargo del Asegurado y
corresponde a los primeros gastos cubiertos y que se indica en la carátula de
la póliza. |
25 |
Deducible en seguros |
Es la cantidad que debe aportar el asegurado en
caso de ocurrir el siniestro cubierto en su seguro. El deducible debe quedar expresamente
pactado en el contrato (póliza) y la aseguradora lo descuenta del pago
correspondiente. |
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