Esas leyes (decretadas entre el 12 de Julio de 1859 y el 4 de Diciembre de 1860) contenían las siguientes disposiciones fundamentales:
- En el orden político: Establecieron la separación de la Iglesia y el Estado; suprimieron el requisito del juramento en los actos oficiales que hasta entonces lo habían exigido, y los sustituyeron por la simple promesa o protesta de proceder bien.
- En el orden económico: Dispusieron la nacionalización de los bienes eclesiásticos.
- En el orden social: Crearon el Registro Civil, haciéndolo obligatorio para los nacimientos y defunciones que ocurrieran en la República Mexicana, y pata los matrimonios que aquí se efectuasen. Además, dieron al matrimonio el carácter de un contrato civil que debía celebrarse con la intervención del Estado. Secularizaron los cementerios, poniéndolos bajo autoridades civiles.
- En el orden religioso: Establecieron la libertad de cultos y suprimieron las órdenes monásticas (es decir, los conventos) de varones.
Fuente:
Generación 1960. Mi libro Historia y Civismo. Cuarto Grado, Ed. Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuito, p. 108 – 109.
App CONALITEG Digital. Generación 1960. Cuarto Grado. Mi libro Historia y Civismo.
Comentarios
Publicar un comentario
Si deseas comentar dentro de la línea del respeto, eres bienvenido para expresarte