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25 Preguntas de Política III

1
¿En quién radica originalmente la soberanía?
En el pueblo. Siendo ésta única, inalienable e indivisible. Teniendo como principal atributo la autodeterminación que el pueblo va a ejercer en un momento para otorgarse a sí mismo un orden constitucional, o sea, una estructura jurídica fundamental de contenido diverso y mutable dentro de la que se organiza un pueblo o nación.
2
¿Cuáles son las características esenciales del poder constituyente?
Si se comparan los atributos de la soberanía misma con los que caracterizan al Poder Constituyente, encontramos que son los mismos: La inalienabilidad, la indivisibilidad y la indescriptibilidad
3
¿En qué consiste esencialmente el poder constituyente?
Siendo el Poder Constituyente la Soberanía misma, participa obviamente de sus características esenciales por lo tanto comparando los atributos de la soberanía se llega a la conclusión de que son los mismos: La inalienabilidad, la indivisibilidad y la indescriptibilidad, y al ejercerlo, el pueblo se autodetermina y autolimita de la Constitución.
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¿Qué objetivo tiene el poder constituyente?
El de producir una constitución o una estructura fundamental que exprese la autodeterminación del pueblo.
5
¿Cómo debe ser el poder constituyente?
Supremo, Coercitivo e Independiente; Supremo porque debe actuar sobre todos los otros poderes que se desarrollan individual o colectivamente dentro de una comunidad humana; Coercitivo en cuanto a que debe tener la capacidad de someter a tales poderes e Independiente en que no debe estar subordinado a fuerzas exteriores o ajenas al pueblo o nación para los que el citado poder establezca su estructura jurídica básica.
6
¿Cómo se constituye el órgano material que crea la constitución?
Como un Congreso o Asamblea Constituyente que tiene como única finalidad el crearla.
7
¿Cómo se conforma la asamblea o congreso constituyente?
Por representantes del pueblo expresamente elegidos para tal efecto y cuyo mandato será sólo y únicamente crear el documento referido a partir de las primicias que el propio pueblo establezca.
8
¿Cuándo se creó la Constitución Política que actualmente nos rige?
El 5 de febrero de 1917, entrando en vigor el 1° de Mayo del mismo año.
9
¿Qué facultad no tiene el poder constituyente, permanente en nuestro país?
No tiene facultad para derogar totalmente la Constitución en vigor, sustituyéndola por otra.
10
¿Qué características tienen las constituciones de los estados a partir de 1789?
La garantía de los Derechos Individuales y el principio de la separación de los poderes.
11
¿Cuántas concepciones diferentes existen en el mundo sobre el trato del texto constitucional?
Existen cuatro concepciones diferentes:
a) Los que admiten expresamente la posibilidad ilimitada de su propia reforma o derogación por parte del órgano revisor, lo que significa que el constituyente originario delegó en el Instituido, la integridad de su soberanía.
b) Las que excluyen de la competencia revisora los principios fundamentales de la constitución, como ejemplo de la constitución griega.
c) Las que sin referirse a los principios fundamentales, dejan a salvo de futura revisión determinados preceptos, destinados a preservar una aspiración social o una conquista política de relevante importancia para el constituyente. Por ejemplo la Constitución de los Estados Unidos.
d) Las que, sin pronunciarse a favor de ninguno de adiciones o reformas, por ejemplo la Constitución Mexicana.
12
¿En qué se han convertido las constituciones en las sociedades modernas?
En la Ley Suprema. La supremacía de la Constitución responde no sólo a que ésta es la expresión de la soberanía, sino también a que por serlo está por encima de todas las leyes y de todas las autoridades; es la ley que rige las leyes y que autoriza a las autoridades.
13
¿Qué señala el artículo 135 de la constitución política de nuestro país?
El procedimiento para adicionar o reformar la Constitución, lo que la doctrina mexicana a denominado Poder Constituyente Permanente que es un órgano que sobrevive al autor de la Constitución, cuya vida se extinguió al concluir su tarea y que se integra por el Congreso Federal y las Legislaturas de los Estados.
14
¿A qué se llama “Decisiones Políticas Fundamentales?
Las "Decisiones Políticas Fundamentales" son las que toma la Constitución de acuerdo a las realidades existenciales  de un pueblo, es decir sus resoluciones y programas, objetivos y experiencias principales, y debe ser tanto el resultado de la historia y de la realidad social como la expresión de los grandes propósitos colectivos, creando las normas que habrán de desembocar en la real correspondencia que debe haber entre el derecho y la realidad social.
15
¿Por qué debe ser entendido el Derecho en forma particular?
El derecho debe ser entendido en forma particular, de acuerdo a la relación con la sociedad en la que se desarrolle, ya que el fenómeno jurídico se establece en función de los requerimientos sociales actualizados vinculándolo con las condiciones ideológicas, sociales, políticas y económicas que prevalecen en la sociedad de que se trate.
16
¿Cuál es la fuente directa del Estado?
La fuente directa del Estado es el derecho fundamental primario, y  éste a su vez, se produce por la interacción de fenómenos de hecho, registrados en la vida misma de los pueblos y en los que fermenta y se desarrolla su poder soberano de autodeterminación que culminan en el ordenamiento constitucional, y cuya expedición proviene de una asamblea de sujetos que ostentan la representación política, no jurídica, de la nación o de los grupos nacionales mayoritarios.
17
¿Cuál es la finalidad del Estado ideal, según Adam Smith?
"El fin del Estado consiste en defender a la sociedad de todo acto de violencia o invasión por parte de otras sociedades, en proteger a cada individuo en la sociedad contra la injusticia de cualquier otro y en crear y sostener ciertas obras públicas y ciertas instituciones que el interés privado no podría establecer jamás, porque sus rendimientos nunca compensarían el sacrificio exigido a los particulares".
18
¿A qué se refiere la subordinación de intereses?
En la subordinación de intereses existen los intereses individuales, pero en el seno de convivencia humana existen también los colectivos, intereses que no se contraen a una sola persona o a número limitado de personas. Frente al individuo, se antepone el grupo social, éste al derecho de aquel, la existencia de los derechos sociales se antepone a los derechos individuales, los cuales deberán ser compatibles para evitar las absurdas arbitrariedades que han existido a lo largo de la historia. Por eso el Estado debe tomar en cuenta lo anterior para establecer un justo equilibrio del derecho básico.
19
¿Qué corriente jurídico - filosófica proclamó prioritarios los intereses individuales por encima de los sociales?
La corriente filosófica del jusnaturalismo, que proclamaba la existencia de derechos congénitos al hombre, superiores a la sociedad; tales derechos deberían ser respetados por el orden jurídico, y es más, deberían constituir el objeto esencial de las instituciones sociales.

El jusnaturalismo exaltó la persona humana al grado de reputarla como la entidad suprema de la sociedad en ara de cuyos intereses debería sacrificarse todo aquello que implicara una merma o menoscabo para los mismos.
20
¿Por qué los regímenes jurídicos inspirados en la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 1789 forjaron una estructura normativa individualista y liberal?
Por  considerar al individuo como base y fin esencial de la organización estatal, y liberal porque el Estado y que sus autoridades deberían abstenerse de intervenir mientras que las relaciones interpersonales no originaran conflictos.
21
¿Qué representan los actuales sistemas democráticos?
Variadas manifestaciones especiales que se consideran como medios indispensables para la obtención de la felicidad personal: libertad de trabajo, de expresión del pensamiento, de reunión y asociación, de comercio, etc. perfila la doctrina del bien común, que es la adecuada y debida síntesis entre las posturas liberal-individualista y colectivista.
22
¿Cómo justifica al Estado la teoría de la fuerza?
La justificación del Estado radica en la base del orden jurídico de que la estructura podrá desarrollarse impulsando su potencialidad para la obtención de sus objetivos dentro de la comunidad universal, siendo el Estado el agente para esta realización en la función de hacer observar el derecho voluntariamente, y de manera coactiva en caso de no cumplirse.
23
¿Qué principio fundamenta a las constituciones mexicanas?
En el principio de que el Estado y su gobierno deben estar al servicio del pueblo o de la nación, procurando su prosperidad, felicidad, grandeza, bienestar, etc., mediante leyes justas y sabias.
24
¿Cómo se manifiesta el orden constitucional desde el punto de vista formal?
En dos tipos de constituciones: Las constituciones escritas y las constituciones consuetudinarias.

Las escritas: Son aquellas cuyas disposiciones se encuentran plasmadas en un texto normativo más o menos unitario, en forma de articulado, en la cual las materias que componen la regulación constitucional están normadas con cierta precisión. El carácter escrito de una Constitución es una garantía para la soberanía popular y para la actuación jurídica de los órganos y autoridades estatales, quienes de esa manera encuentran bien delimitados sus deberes, obligaciones y facultades, siendo, por ende fácil de advertir cuando surja una extralimitación o trasgresión en su actividad pública.

Las consuetudinarias: Implican un conjunto de normas basadas en prácticas jurídicas y sociales de constante realización, cuyo escenario y protagonista es el pueblo o la comunidad misma. A diferencia de la escrita, no se plasma en un todo normativo, sino que la regulación que establece radica en la conciencia popular formada a través de la costumbre y en el espíritu de los jueces.
25
¿De qué se deriva la legitimidad de la Constitución?
De la genuinidad del órgano que la crea, por tanto para determinar si una Constitución es legítima, hay que establecer si el autor también lo fue, por lo que éste supuesto deberá resolverse atendiendo a la historia, ya que sólo puede reputarse de legítimo el ordenamiento constitucional que emane directamente del pueblo o indirectamente de él a través de una asamblea constituyente compuesta por sus genuinos representantes.


La 2° parte de este compendio de preguntas la puedes encontrar en este link:
https://divinortv.blogspot.com/2020/03/25-preguntas-de-politica-ii.html

La 4 parte de esta colección de preguntas puedes verla en este enlace:
https://divinortv.blogspot.com/2020/05/25-preguntas-de-politica-iv.html








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