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DESCA

Los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) son los Derechos Humanos relacionados con el lugar de trabajo, la seguridad social, la vida en familia, la participación en la vida cultural y el acceso a la vivienda, la alimentación, el agua, la atención de la salud y la educación.

Estos representan la base esencial para que el ser humano pueda desarrollar sus capacidades, es decir, refieren a los derechos que posibilitan a las personas y sus familias a gozar de un nivel de vida adecuado; fijan niveles mínimos de bienestar que debe cubrir el Estado; además de que su implementación debe ser progresiva.

En ese sentido, el Estado está obligado a garantizar mediante programas, leyes, inversiones y el diseño de políticas sociales; la alimentación, salud, agua, el trabajo, educación,  seguridad social, cultura y medio ambiente a la población, para lograr una vida digna.

Al igual que otros derechos humanos, contienen dos tipos de libertades: la libertad frente al Estado y la libertad a través del Estado. Por ejemplo, el derecho a una vivienda adecuada abarca el derecho a no ser sometido a un desalojo forzoso ejecutado por agentes del Estado (libertad frente al Estado) y el derecho a recibir asistencia para acceder a una vivienda adecuada en determinadas situaciones (libertad a través del Estado).

Esas libertades cada vez se definen mejor en los ordenamientos jurídicos nacionales, regionales y mundiales, en las leyes y reglamentos, en las constituciones nacionales y en los tratados internacionales. Su aceptación como derechos humanos genera obligaciones jurídicas para los Estados, que han de garantizar que todas las personas que se encuentren en el país pueden disfrutar de esos derechos y ofrecer mecanismos de recurso a tales personas en caso de que se infrinjan los derechos. Al igual que ocurre con otros derechos humanos, el reconocimiento de los derechos económicos, sociales y culturales, junto con el principio de la no discriminación, da lugar a que la atención se centre en los grupos más excluidos, discriminados y marginados de la sociedad.

Estos derechos están consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) adoptado por resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1966, y entrando en vigor en México hasta 1983. Entre ellos se encuentran: la libre determinación de los pueblos; la no discriminación, la igualdad entre hombres y mujeres en el gozo de los DESCA; el trabajo libremente escogido y aceptado; condiciones de trabajo justas, equitativas y satisfactorias; libre sindicación; seguridad social; más amplia protección y asistencia a la familia; nivel adecuado de alimentación, vestido y vivienda, y mejora continua de la existencia; más alto nivel de salud física, mental y social; educación para todos; cultura y progreso científico y tecnológico.

En noviembre de 1998, en el marco de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, se firmó el llamado Protocolo de San Salvador en el cual se retomaron los contenidos del PIDESC y se ampliaron para la región de América Latina y el Caribe al agregar derechos sobre el Medio Ambiente y la protección de grupos específicos de la población; a partir de entonces fueron DESCA.

Principios de los DESCA.
El principio de indivisibilidad reconoce que ningún derecho humano es intrínsecamente inferior a ningún otro. Los derechos económicos, sociales y culturales deben ser respetados, protegidos y realizados en las mismas condiciones que los derechos civiles y políticos.

El principio de interdependencia reconoce la dificultad (y en muchos casos la imposibilidad) de hacer efectivo cualquiera de los derechos humanos de forma aislada respecto de los demás. Por ejemplo, no tiene objeto hablar del derecho al trabajo sin que se haya hecho mínimamente efectivo el derecho a la educación. Del mismo modo, el derecho a votar puede parecer poco importante para una persona que no tiene nada que comer o en situaciones en que las personas son victimizadas por el color de su piel, su sexo, su idioma o su religión. Juntos, los principios de indivisibilidad y de interdependencia significan que hay que hacer esfuerzos porque los derechos humanos se hagan efectivos a la vez, dejando margen para el establecimiento de prioridades en caso necesario de conformidad con los principios de derechos humanos.

Son universales, es decir, todas las personas y grupos participamos de los derechos humanos, sin distinción alguna.

Son progresivos, esto es, están en constante evolución. No podrán sufrir regresión alguna.



Fuente: cndh.org.mx








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