Por mandato constitucional, las mesas directivas de casilla son los órganos electorales conformados por ciudadanos facultados para recibir la votación y realizar el escrutinio y cómputo en cada una de las secciones electorales.
Estos ciudadanos son seleccionados por dos sorteos que se efectúan en las fechas y formas que define la ley. Una vez seleccionado son notificados y capacitadores por los Capacitadores Asistentes Electorales (CAE) para llevar a cabo su labor.
Como autoridad electoral, durante la Jornada Electoral los ciudadanos que integran las mesas directivas tienen a su cargo respetar y hacer respetar la libre emisión y efectividad del sufragio, garantizar el secreto del voto y asegurar la autenticidad del escrutinio y cómputo.
En cada sección electoral se instala al menos una casilla para recibir la votación el día de la Jornada Electoral.
Se integran con los siguientes funcionarios:
· Presidente.
· Secretario.
· 2 Escrutadores.
· 3 Suplentes Generales.
Atribuciones de los funcionarios de casilla:
· Instalar y clausura la casilla en términos dispuestos por el COFIPE.
· Recibir la votación.
· Efectuar el escrutinio y cómputo de la votación.
· Permanecer en la casilla desde su instalación hasta la clausura.
Fuente: ine.mx
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